A- de 2025
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Giraldo Cifuentes Ricardo Andrés·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por cuanto escrito de corrección de la demanda se presentó de manera extemporánea
- Requisitos de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque el escrito de subsanación fue presentado por fuera del término de ejecutoria del auto de inadmisión.
La Sala Plena de la Corporación constató que el actor corrigió la demanda de manera extemporánea y, por eso, decidió NEGAR el recurso impetrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR el recurso de súplica presentado por Ricardo Andrés Giraldo Cifuentes en contra del Auto del 20 de mayo de 2025, mediante el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada contra los artículos 23 y 25 (parciales) de la Ley 1908 de 2018, que adicionaron los artículos 307A y 317A a la Ley 906 de 2004.
- SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR esta decisión al recurrente, indicándole que contra la misma no procede recurso alguno.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.